Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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INDICACIONES DE INTERÉS PARA TRAMITACIÓN DE LA SUBVENCIÓN DE LOS PROYECTOS AUTORIZADOS
La presentación del correspondiente proyecto autorizado y contemplado por la Comisión Europea dentro del PIICE Hy2Use sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante.
Sólo están habilitadas para acceder al trámite de este Programa de ayudas, los siete proyectos beneficiarios detallados en el Real Decreto 663/2024, de 9 de julio que regula la concesión directa de las subvenciones a los proyectos españoles que para participan en el <<PIICE Hy2Use>>
“En la carga de documentación, si alguno de los documentos no aplicara por tipo de beneficiario, por favor, cargar un documento indicando sencillamente “No aplica”, en pdf para que permita realizar la presentación de la solicitud de ayuda “
Antes de realizar el trámite de aporte de la documentación requerida es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:
Información de su interés acerca de los navegadores web recomendados.
Requerimientos técnicos de su equipo informático para usar firma electrónica.
Podrá comprobar la validez de su certificado e, incluso, realizar una prueba de firma.
Tipos, características y restricciones de ficheros permitidos.
La aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro, así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento registrado, con carácter definitivo, a todos los efectos, el proyecto correspondiente.
Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea la Guía de usuario para presentación de expedientes y el resto de documentos de Guía que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos.
Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Para consultas de detalle del Real Decreto de Concesión o el marco regulatorio del programa de ayudas, tanto en la fase de solicitud de propuestas como en la fase de ejecución del proyecto, tales como modificaciones de proyectos, ampliaciones de plazo, justificación de hitos intermedios, informes de seguimiento, temas de la plataforma CoFFEE u otras, pueden dirigirse a solicitudes.IPCEI.H2@idae.es
Para consultas de temas relacionados con la fase de justificación de las actuaciones, principalmente las concernientes al tema económico, guías de justificación, etc., pueden dirigirse a justificacion.IPCEI.H2@idae.es
Para consultas de temas relacionados con incidencias informáticas relacionadas con la aplicación informática durante la solicitud o durante la ejecución y justificación de las actuaciones, pueden dirigirse a relacionadas con la aplicación informática durante la solicitud o durante la ejecución y justificación de las actuaciones, pueden dirigirse a soporteinformatico.IPCEI.H2@idae.es
Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.
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INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE LA CONVOCATORIA
Real Decreto 663/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el Proyecto importante de Interés Común Europeo de industria del hidrógeno dentro del Componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Publicado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) Identificador: 774226.
Proyectos españoles integrantes del Proyecto Importante de Interés Común Europeo <<IPCEI Hy2Use>>, conformado por 13 Estados miembros para fomentar:
la construcción de infraestructuras relacionadas con el hidrógeno, sobre todo electrolizadores a gran escala e infraestructuras de transporte, para producir, almacenar y transportar hidrógeno renovable e hipocarbónico;
el desarrollo de tecnologías innovadoras y más sostenibles para integrar el hidrógeno en los procesos industriales de múltiples sectores, especialmente aquellos que tienen más dificultades para descarbonizar.
En concreto, son objeto de subvención los siguientes proyectos españoles, autorizadas y contemplados por la Comisión Europea en el marco de los IPCEI:
TF-1: Desarrollo de infraestructuras de generación y transporte de hidrógeno:
ES47 «Green H2 Los Barrios,
ES48 «Asturias H2 Valley»,
ES52 «Hidrógeno Renovable para la producción de amoniaco y fertilizantes verdes» fases «Puertollano Fase I» y «Puertollano Fase II»
ES53 «Bilbao Large Scale Electrolyzer»
ES54 «Cartagena Large Scale Electrolyzer»,
TF-2: Desarrollo de tecnologías del hidrógeno para aplicaciones industriales:
ES46 «Ver-amonia»
ES50 «Proyecto de Hidrógeno verde en Magallón»
Siendo las actividades subvencionables las establecidas en el Anexo I del Real Decreto 663/2024, de 9 de julio.
Las entidades promotoras de los proyectos listados en el apartado anterior.
El importe total de las subvenciones reguladas asciende a 794.000.000 euros.
El pago de la subvención se realizará con carácter anticipado entre los años 2024 y 2026, mediante liquidaciones anuales. El pago anticipado inicial, tras la publicación de la resolución definitiva, será de al menos el 50 % del importe de la ayuda de estado a conceder para cada proyecto.
El régimen de concesión será el de concesión directa, atendiendo al carácter singular que se deriva de las específicas circunstancias en que han de realizarse las actividades subvencionadas y dado que concurren razones de interés público, social y económico que determinan la improcedencia de su convocatoria pública, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, así como en el artículo 67 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
El importe total indicado (794 M€) será distribuido entre los proyectos beneficiarios, siendo el reparto establecido el siguiente:
Proyecto | Ayuda de Estado a conceder (Millones de €) |
ES48 «Asturias H2 Valley». | 78 |
ES47 «Green H2 Los Barrios» | 78 |
ES50 «Proyecto de Hidrógeno verde en Magallón». | 28 |
ES46 «Ver-amonia». | 53 |
ES52 «Hidrógeno Renovable para la producción de amoniaco y fertilizantes verdes». Puertollano Fase I y Fase II. | 242 |
ES53 «Bilbao Large Scale Electrolyzer». | 160 |
ES54 «Cartagena Large Scale Electrolyzer». | 155 |
Total | 794 |
El procedimiento de concesión de la subvención a cada entidad beneficiaria se iniciará con la presentación, por parte de cada una de ellas, del correspondiente proyecto autorizado y contemplado por la Comisión Europea en la Decisión C(2022) 6847 final del 21 de septiembre de 2022, debiendo las entidades beneficiarias aportar toda la documentación establecida en el Artículo 4 apartado 3 del Real Decreto 663/2024, de 9 de julio.
El presupuesto asignado a estas subvenciones asciende a 794.000.000 €, financiadas por IDAE, con cargo a las transferencias realizadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con las consignaciones presupuestarias contenidas en el estado de gastos de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de los ejercicios 2022 y 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.50.42IA.74810 («Al IDAE para hidrógeno renovable: un proyecto de país. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia).
El plazo de presentación de cada proyecto y de toda la documentación complementaria se iniciará el día 9 de agosto de 2024 y finalizará a las 23:59 horas del día 8 de octubre de 2024.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables se iniciará el 1 de enero de 2021 y, en todo caso, será compatible con el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y será especificado en la resolución de concesión correspondiente.
Todas las justificaciones, por parte de los beneficiarios, acreditativas de la realización de las inversiones y ejecución de las actuaciones objeto de ayuda deberán estar presentadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 7, 8 y 15 del Real Decreto 663/2024, de 9 de julio.
Manual de imagen y logotipos disponible próximamente en la página Web del IDAE.