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Programa de ayudas MOVES Proyectos Singulares II

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU

MOVES Singulares II- PRTR-UE NextGenerationEU

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Aviso de Interés

A medida que esta Convocatoria avanza, se producen cambios importantes en algunos de los documentos adjuntos. Por favor, asegúrese de que considera la última de estas versiones en su solicitud, en función de la fecha de publicación, actualización o incorporación de cada uno de ellos, los encontrará al final de esta misma página, en la sección "Documentos Adjuntos".

Fecha de actualización: 03/04/2024.

Publicada Resolución Definitiva

Con fecha 30 de septiembre de 2022 se ha publicado la "Resolución Definitiva” para la concesión de ayudas, formulada por el órgano instructor, en relación a la “Convocatoria de Ayudas del Programa MOVES Proyectos Singulares II”.

Tal y como se especifica en el artículo 15º de las bases reguladoras “…en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación y notificación de la propuesta de resolución definitiva, los interesados deberán comunicar la aceptación de la resolución definitiva de concesión al órgano instructor”.

La falta de aceptación expresa por parte de los interesados en los plazos y términos previstos en la Orden TED/800/2021 de 23 de julio, supondrá su renuncia a la ayuda y la pérdida del derecho de cobro a la misma.

Puede acceder al PDF de la “Resolución Definitiva” en la sección “Documentos Adjuntos” que encontrará al final de esta misma página.

Relación de solicitudes admitidas y no admitidas en la primera fase de Admisibilidad  
(Fecha de publicación: 16 marzo 2022)

Con la publicación de la relación de expedientes Admitidos y NO admitidos, se inicia la Fase II de valoración de las solicitudes que han resultado Admitidas, según dispone la Orden TED/800/2021, de 23 de julio.

Puede acceder al PDF de la “Relación de solicitudes admitidas y no admitidas en la primera fase de Admisibilidad” en la sección “Documentos Adjuntos” que encontrará al final de esta misma página. 

INDICACIONES DE INTERÉS PARA TRAMITACIÓN DE LA AYUDA

La solicitud sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante

“En la carga de documentación, si alguno de los documentos  no aplicara por tipo de beneficiario, por favor, cargar un documento indicando sencillamente “No aplica”, en pdf  para que permita realizar la presentación de la solicitud de ayuda “

Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:

  • Información de su interés acerca de los navegadores web recomendados.
  • Requerimientos técnicos de su equipo informático para usar firma electrónica.
  • Podrá comprobar la validez de su certificado e, incluso, realizar una prueba de firma. 
  • Tipos, características y restricciones de ficheros permitidos.

Registro de las solicitudes:

La aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro, así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento formulada y registrada, con carácter definitivo, a todos los efectos, la solicitud.

Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea la Guía de usuario para la tramitación de solicitudes del programa Moves Proyectos Singulares II y el resto de Guías de Ayuda que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos. Es especialmente importante completar, previamente a registrar la solicitud, la Memoria descriptiva de la actuación, cuyo modelo figura en el mencionado apartado de Documentos Adjuntos.

Datos de contacto:

Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la  solicitud presentada, deben dirigirse a: 

soporteinformatico.MOVES_Singulares2@idae.es

Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.

Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.

Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.

Para consultas de detalle de las Bases del programa, pueden dirigirse a: MOVES_Singulares2@idae.es

Información y documentación de la convocatoria

Bases y convocatoria

Las bases reguladoras de este Programa se regirán por la  Orden TED/800/2021, de 23 de julio

Convocatoria: Resolución de 20 de septiembre de 2021, del Director General de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la convocatoria del programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (MOVES Proyectos Singulares II). Extracto de la Resolución de 20 de septiembre de 2021 publicado en BOE núm. 229 de 24 de septiembre de 2021.

BDNS Identificador: 584436

Acuerdo de 18 de mayo de 2023 del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), por el que se establece declaración expresa de financiación por la Unión Europea-Next GenerationEu de determinadas convocatorias de subvenciones aprobadas por este órgano, en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Presupuesto

Dotación presupuestaria de 100.000.000 euros

Compatibilidades

Las ayudas otorgadas en este programa serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada y se cumplan las dos condiciones siguientes:

  1. Que, de forma acumulada, no se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  2. Que las ayudas otorgadas por las otras Administraciones, para la misma actuación, no cuenten con cofinanciación de Fondos Europeos.”

Actuaciones elegibles

Se incentivarán proyectos de desarrollo tecnológico y experiencias innovadoras en movilidad eléctrica que sirvan para promover el salto tecnológico hacia el vehículo eléctrico y de pila de combustible, fomentando el desarrollo de proyectos por parte de empresas españolas, a fin de alcanzar la madurez tecnológica que facilite su comercialización. Se considerarán proyectos singulares los que contemplen las actuaciones descritas en el Anexo I de la Orden TED/800/2021, de 23 de julio

Valoración de solicitudes 

Las solicitudes se valorarán por una Comisión Técnica de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo V de la Orden TED/800/2021, de 23 de julio

Beneficiarios 

Para los Proyectos singulares de innovación podrán ser beneficiarios:

Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa). Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia. Consorcios y agrupaciones empresariales. El sector público institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.

Cuantía de la ayuda

La intensidad de la ayuda para los proyectos singulares innovadores, incluidos proyectos piloto y de demostración, será del 40% de los costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido). Se podrá incrementar en 10 puntos porcentuales para medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de micro y pequeñas empresas.

Carácter incentivador

Solo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

Origen de los fondos

En esta segunda edición, el origen de los fondos será del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Plazo de ejecución

Las actuaciones se ejecutarán en un plazo máximo de 18 meses contados a partir de la fecha de notificación de concesión de la ayuda.

Presentación de solicitudes, plazos y vigencia

Las solicitudes se efectuarán de manera telemática y se podrán presentar desde el día 25 de septiembre de 2021, hasta dos meses contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, es decir, hasta el 25 de noviembre a las 24:00 h. 

Imagen y cartelería del Programa

Disponible para descarga en la página Web del IDAE

Documentos adjuntos

 Modelo de Memoria Descriptiva(716 kB.)

 Anexo II. Declaración responsable(62 kB.)

 Modelo consentimiento datos identidad(12 kB.)

 Modelo consentimiento Hacienda y Seguridad Social(66 kB.)

 Modelo autorización de representación(14 kB.)

 Modelo aceptación de las Bases reguladoras y las disposición de la Convocatoria(86 kB.)

 Preguntas frecuentes(14.10.2022)(545 kB.)

 Guía del usuario definición PYME(1269 kB.)

 Declaración tipo de empresa(38 kB.)

 Criterios para categorizar a una empresa en crisis(241 kB.)

 Guía principios DNSH(1769 kB.)

 Anexo I. Cuestionario DNSH(430 kB.)

 Informe Comunidad Autónoma - ICA(80 kB.)

 Guía de usuario de presentación de expedientes. Actualizado: 02/04/2024.(2411 kB.)

 Guía de modificación de interesados. 02/04/2024.(652 kB.)

 Guía de aceptación de la Ayuda. Actualizado: 02/04/2024.Actualizado: 02/04/2024.(387 kB.)

 Factores de conversión para el cálculo de consumos y emisiones de CO2 (268 kB.)

 Procedimiento para la solicitud y justificación de Anticipos. Actualizado: 26/10/2023.(300 kB.)

 Relación de solicitudes admitidas y no admitidas en la primera fase de Admisibilidad (Fecha de publicación: 16/03/2022)(612 kB.)

 Resolución por la que se dispone la suplencia temporal del Director General como Órgano Instructor. (Fecha de Publicación: 10.06.2022).(108 kB.)

 Instrucción para la tramitación de solicitudes de cambio de beneficiario y transmisión de subvenciones correspondientes a líneas de ayudas cuya gestión, instrucción y resolución corresponda al IDAE. Fecha publicación: 22/09/2022(114 kB.)

 Abstención de la Presidencia de IDAE como órgano competente para dictar y notificar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones del Programa MOVES Singulares II. Actualizada: 07/07/2023.(98 kB.)

 Resolución Definitiva para la concesión de ayudas, formulada por el órgano instructor, en relación a la “Convocatoria de Ayudas del Programa MOVES Proyectos Singulares II”. Fecha publicación: 30/09/2022.(661 kB.)

 Acuerdo de publicidad Next GenerationEu. Fecha publicación: 29/05/2023.(159 kB.)

 Plantilla de justificación económica con cuenta justificativa (Publicado: 22.09.2023)(25 kB.)

 Guía Justificación realización actuaciones MOVES SINGULARES II (en pdf). Fecha publicación: 20/03/2024.(816 kB.)

 Anexo Bbis (en pdf) Moves Singulares II_Cuestionario autoevaluacion DNSH. Fecha publicación: 20/03/2024.(434 kB.)

 Anexo B Justificación MOVES SINGULARES II-Declaración responsable DNSH. Fecha Publicación: 20/03/2024.(1345 kB.)

 Anexo IV.C Moves Singulares II.(1658 kB.)

 Anexo C Justificación MOVES SINGULARES II-Memoria técnica. Fecha Publicación: 20/03/2024.(2035 kB.)

 Anexo D Justificación MOVES SINGULARES II-Declaración otras ayudas. Fecha publicación: 20/03/2024.(1339 kB.)

 Anexo E Justificación MOVES SINGULARES II-Declaración General. Fecha publicación: 20/03/2024.(1341 kB.)

 Anexo F Justificación MOVES SINGULARES II-Modelo lista de chequeo contratación. Fecha publicación: 20/03/2024.(906 kB.)

 Anexo VI B Justificación MOVES SINGULARES II-Cesión datos (beneficiaria y contratistas). Fecha publicación: 20/03/2024.(1338 kB.)

 Anexo VI C Justificación MOVES SINGULARES II-Declaración compromiso PRTR (contratistas). Fecha publicación: 20/03/2024.(1338 kB.)

 Modelo informe auditor cuenta justificativa MOVES SINGULARES II. Fecha publicación: 03/04/2024.(1352 kB.)

IDAE Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía

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