Segunda Convocatoria Programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (PROGRAMA MOVES FLOTAS)

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Aviso de Interés

A medida que esta Convocatoria avanza, se producen cambios importantes en algunos de los documentos adjuntos. Por favor, asegúrese de que considera la última de estas versiones en su solicitud, en función de la fecha de publicación, actualización o incorporación de cada uno de ellos, los encontrará al final de esta misma página, en la sección "Documentos Adjuntos".

Fecha de actualización: 29/05/2024.

Resolución Definitiva del Director General de Política Energética y Minas y Vicepresidente del Consejo de Administración de IDAE.

Con fecha 19 de octubre de 2023 se publica en la Sede electrónica de IDAE la Resolución por la que se resuelve definitivamente el procedimiento de concesión de ayudas de la segunda convocatoria correspondiente al Programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (Programa MOVES FLOTAS), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicadas en la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Puede acceder también al PDF de esta “Resolución Definitiva” en la sección “Documentos Adjuntos” que encontrará al final de esta misma página.

Resolución Previa del Consejo de Administración 

Con fecha 9 de octubre de 2023, se publica en Sede electrónica de IDAE la Resolución previa de 5 de octubre de 2023 del Consejo de Administración del E.P.E. INSTITUTO PARA LA DIVERSIFIACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE), M.P., por la que se propone al órgano concedente resolver definitivamente el procedimiento de concesión de ayudas de la segunda convocatoria correspondiente al Programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (Programa MOVES FLOTAS), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicadas en la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (B.O.E. núm. 305, de 22 de diciembre).

Puede acceder también al PDF de esta “Resolución Previa” en la sección “Documentos Adjuntos” que encontrará al final de esta misma página.

 

INDICACIONES DE INTERÉS PARA TRAMITACIÓN DE LA AYUDA

La solicitud sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante

“En la carga de documentación, si alguno de los documentos  no aplicara por tipo de beneficiario, por favor, cargar un documento indicando sencillamente “No aplica”, en pdf  para que permita realizar la presentación de la solicitud de ayuda “

Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:

  • Información de su interés acerca de los navegadores web recomendados.

  • Requerimientos técnicos de su equipo informático para usar firma electrónica.

  • Podrá comprobar la validez de su certificado e, incluso, realizar una prueba de firma. 

  • Tipos, características y restricciones de ficheros permitidos.

Registro de las solicitudes:

La aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro, así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento formulada y registrada, con carácter definitivo, a todos los efectos, la solicitud.

Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea la Guía de usuario de presentación de expedientes del Programa MOVES Flotas y el resto de Guías de Ayuda que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos. 

Es especialmente importante completar, previamente a registrar la solicitud, la Memoria descriptiva de la actuación, cuyo modelo figura en el mencionado apartado de Documentos Adjuntos.

Datos de contacto:

Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la  solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.MOVES_FLOTAS@idae.es

Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales:

Formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es

Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.

Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.

Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.

Para consultas de detalle de las Bases reguladoras del programa, pueden dirigirse a: moves.flotas@idae.es

 

Información y documentación de la Convocatoria

Bases y convocatoria

Las bases reguladoras de este Programa se regirán por la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre.

Convocatoria: Resolución de 30 de noviembre de 2022, Resolución de 30 de noviembre de 2022, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la segunda convocatoria del programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (PROGRAMA MOVES FLOTAS) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Extracto de la Resolución de 30 de noviembre de 2022, publicado en BOE núm. 300, de 15 de diciembre de 2022.

BDNS Identificador: 663650.

Con fecha 13 de abril de 2023 se publica en la Sede de IDAE la Resolución por la que se acepta la abstención de la persona titular de la jefatura del Departamento de Movilidad Sostenible de la Dirección de Ahorro y Eficiencia Energética y se dispone la suplencia y sustitución de la misma como miembro de la Comisión Técnica de Valoración de solicitudes correspondientes a la segunda convocatoria del Programa MOVES FLOTAS.

Acuerdo de 18 de mayo de 2023 del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), por el que se establece declaración expresa de financiación por la Unión Europea-Next GenerationEu de determinadas convocatorias de subvenciones aprobadas por este órgano, en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Con fecha 9 de octubre de 2023 se publica en la Sede electrónica de IDAE la Resolución del Consejo de Administración de 5 de octubre de 2023, por la que se acepta la abstención de la Presidenta del IDAE y se dispone su suplencia temporal como órgano para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones correspondientes a la 2ª convocatoria del Programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (Programa MOVES FLOTAS), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada mediante la Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Consejo de Administración del IDAE, cuyas Bases Reguladoras fueron establecidas mediante la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (B.O.E. núm. 305, de 22 de diciembre de 2021).

Compatibilidades

Las ayudas del programa de incentivos, serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Actuaciones elegibles

Se incentivarán proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros por vehículos eléctricos y de pila de combustible, que operen en más de una comunidad autónoma y que cumplan los requisitos que se definen en el Anexo I de la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre.

Los proyectos podrán incluir, no sólo la adquisición de vehículos eléctricos, sino la disposición de la infraestructura de recarga necesaria para la nueva flota en las instalaciones de la empresa, así como la adquisición o adaptación de sistemas de gestión de flotas, para, entre otros, digitalizar el control de rutas, así como formación de personal de la empresa a fin de realizar una transición de la flota hacia la electrificación.

Se considerarán actuaciones elegibles las que se contemplan y describen en el Anexo I de la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre, siendo requisito imprescindible que se solicite ayuda al menos para la actuación 1, relativa a la adquisición de vehículos eléctricos o de pila de combustible, si bien las actuaciones 2 y 3 serán opcionales.

Valoración de solicitudes

Las solicitudes se valorarán por una Comisión Técnica de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo V de la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre.

Beneficiarios 

Podrán ser beneficiarios del Programa MOVES FLOTAS:

a) Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa). 

b) El sector público institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 

Cuantía de la ayuda

Para la actuación 1 (adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible), las cuantías individuales de ayuda, en función del tipo de beneficiario y de vehículo y de si se produce o no achatarramiento, se establece en la tabla recogida en el Anexo III a la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre.

Para las actuaciones 2 y 3, la intensidad de la ayuda será del 40% de los costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido). Se podrá incrementar en 10 puntos porcentuales para medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de micro y pequeñas empresas.

La convocatoria podrá establecer límites de ayuda por beneficiario.

Carácter incentivador

A efectos de dar cumplimiento al artículo 6 del Reglamento (UE) 651/2014, relativo al efecto incentivador de las ayudas, sólo serán elegibles los proyectos o actuaciones cuya ejecución se inicie en fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de reserva de ayuda, finalizando la posibilidad de realizar nuevas reservas cuando finalice la vigencia del programa. 

Origen de los fondos

Las ayudas serán financiadas con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dado que el programa de incentivos aprobado por esta orden se encuentra incluido en el PRTR aprobado por las instituciones europeas competentes.

Plazo de ejecución

Las actuaciones se ejecutarán en un plazo máximo de 18 meses contados a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de la ayuda.

Presentación de solicitudes, plazos y vigencia

Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse desde las 9:00 h del día 9 de enero de 2023 hasta las 14:00 horas del día 8 de marzo de 2023, considerando el 9 de enero como fecha de inicio del cómputo del plazo de seis meses para resolver, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, todo ello, a través del sistema telemático correspondiente alojado en el portal de ayudas de la sede electrónica del IDAE

Transcurrido dicho plazo, expirará la vigencia de la presente convocatoria y no serán admitidas más solicitudes. El programa de incentivos se gestionará a través de la sede electrónica del IDAE

Imagen y cartelería del Programa

Se encuentra disponible para descarga en la página Web del IDAE. Actualizado: 21/11/2023.

Adjuntos