Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
"Una manera de hacer Europa"
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La solicitud sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante
Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:
Para cualquier consulta relacionada con este trámite puede enviar un correo electrónico a renova.age@idae.es
Bases reguladoras: Resolución de 25 de julio de 2017, del IDAE, por la que se publica la de 25 de abril de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de convocatoria de expresiones de interés para la selección y realización de proyectos de renovación energética de edificios e infraestructuras existentes de la Administración General del Estado a cofinanciar con fondos FEDER. (Publicada en el BOE núm. 180, de 29 de julio de 2017)
Convocatoria: Resolución del Director General del IDAE de fecha 31 de julio de 2017, por la que se realiza convocatoria de expresiones de interés para la selección y realización de proyectos de renovación energética de edificios e infraestructuras existentes de la Administración General del Estado a cofinanciar con fondos FEDER. Publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) id: 357938. Extracto publicado en el BOE núm. 185, de 4 de agosto de 2017.
Aquellas que consigan una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética, en cualquiera de las tipologías siguientes:
Actuaciones integrales de rehabilitación energética de edificios, que permitan obtener una calificación energética A o B para el indicador global de emisiones y se justifique el cumplimiento del Documento Básico DB-HE de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación, según corresponda con la actuación a realizar. Cuando las actuaciones no sean técnicamente viables o económicamente rentables podrán adoptarse justificadamente soluciones que permitan el mayor grado de adecuación posible, siempre que se mejore al menos 1 letra en la calificación energética del edificio.
Actuaciones parciales de rehabilitación de edificios, que permitan mejorar la calificación energética para el indicador global de emisiones en, al menos, 1 letra, y se justifique el cumplimiento del Documento Básico DB-HE de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación, según corresponda con la actuación a realizar.
Actuaciones de mejora de la eficiencia energética de infraestructuras distintas a los edificios o edificios a los que no resulta de aplicación el apartado 3 a) o b) de la Base cuarta de las bases reguladoras, que permitan justificar un ahorro mínimo del 20 % en términos de energía final no renovable.
Actuaciones de mejora de la eficiencia energética de instalaciones de alumbrado exterior, que permitan justificar un ahorro mínimo del 30 % en términos de energía final no renovable.
La Administración General del Estado, sus organismos y entidades públicas dependientes o vinculados, siempre que estas últimas no desarrollen actividad comercial o mercantil, y cuando sean propietarios o titulares de los edificios o infraestructuras para los que se solicita ayuda al objeto de realizar una renovación energética.
Entrega dineraria sin contraprestación. El importe de la ayuda se calculará aplicando sobre la inversión elegible la tasa de cofinanciación FEDER para la Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma donde radique el proyecto, teniendo en cuenta para las operaciones generadoras de ingresos netos, lo que establece el artículo 61 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y todo ello, dentro de los límites de fondos asignados a la tipología de región que corresponda a la Comunidad o Ciudad Autónoma donde radique la actuación.
PORCENTAJES DE COFINANCIACIÓN DE LOS FONDOS FEDER 2014-2020 POR CCAA | |
---|---|
Comunidad / Ciudad Autónoma | Tasa de cofinanciación (en % s/ gasto subvencionable) |
Andalucía | 80% |
Aragón | 50% |
Asturias | 80% |
Baleares | 50% |
Canarias | 85% |
Cantabria | 50% |
Castilla-La Mancha | 80% |
Castilla y León | 50% |
Cataluña | 50% |
Ceuta | 80% |
Comunidad Valenciana | 50% |
Extremadura | 80% |
Galicia | 80% |
La Rioja | 50% |
Madrid | 50% |
Melilla | 80% |
Murcia | 80% |
Navarra | 50% |
País Vasco | 50% |
95.181.546,36 € para la cofinanciación para proyectos, que se corresponden con los fondos FEDER incluidos en el Eje 4 de Economía Baja en Carbono del Programa Operativo Plurirregional de Crecimiento Sostenible (POCS) para el periodo 2014-2020. El presupuesto de esta convocatoria se distribuye por Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas según la siguiente tabla:
Comunidad o Ciudad Autónoma | Limitación por Comunidad o Ciudad Autónoma (€) |
---|---|
País Vasco | 1.654.130 |
Cataluña | 5.659.125 |
Galicia | 4.764.083 |
Asturias | 2.267.765 |
Cantabria | 596.669 |
La Rioja | 441.025 |
Valencia | 5.696.805 |
Aragón | 2.424.580 |
Navarra | 571.402 |
Islas Baleares | 314.231 |
Madrid | 17.651.580 |
Castilla y León | 5.614.930 |
Ceuta | 60.525 |
Extremadura | 4.285.499 |
Andalucía | 26.058.756 |
Murcia | 3.350.088 |
Castilla-Mancha | 6.899.690 |
Canarias | 6.178.291 |
Melilla | 692.371 |
Las solicitudes se podrán presentar desde el día 5 de septiembre de 2017 hasta el día 31 de diciembre de 2018 o cuando se agote el presupuesto disponible.
Ampliado el plazo de vigencia para la selección y realización de proyectos hasta el 31 de diciembre de 2020, de acuerdo a lo indicado en la Resolución de 12 de diciembre de 2018 (BOE nº 303 de 17 de diciembre de 2018)
Se encuentra disponible para descarga en la página Web del IDAE