Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Con fecha 13 de diciembre de 2023 se publica en la Sede Electrónica del IDAE la Resolución definitiva de la Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se concede ayuda por concesión directa al proyecto “Design and manufacture of electrolyzer with alkaline enhanced flexibility to match direct connection to wind farms/pv plants to aim for most competitive LCOH levelized cost of hydrogen” promovido por NORDEX ENERGY SPAIN S.A.U, por su participación en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de tecnología de hidrógeno (IPCEI Hy2Tech) dentro del Componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyas Bases reguladoras fueron establecidas mediante el Real Decreto 4/2023, de 10 de enero, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Puede también acceder al PDF de la Resolución Definitiva en la sección “Documentos Adjuntos” que encontrará al final de esta misma página.
Con fecha 24 de julio de 2023 se publica en la Sede Electrónica del IDAE la Resolución definitiva de la Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se concede ayuda por concesión directa al proyecto “Tecnopropia” promovido por H2B2 Electrolysis Technologies,S.L. (H2B2) y al proyecto “Manufacturing and development of new generation electrolyzers” promovido por SENER Renewable Investments S.L., por su participación en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de tecnología de hidrógeno dentro del Componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea–NextGenerationEU, cuyas Bases reguladoras fueron establecidas mediante el Real Decreto 4/2023, de 10 de enero, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Puede acceder al PDF de ambas Resoluciones Definitivas en la sección “Documentos Adjuntos” que encontrará al final de esta misma página.
La presentación del correspondiente proyecto autorizado y contemplado por la Comisión Europea dentro del PIICE Hy2Tech sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante.
Sólo están habilitadas para acceder al trámite de este Programa de ayudas, las cuatro empresas beneficiarias detalladas en el Real Decreto 4/2023, de 10 de enero que regula la concesión directa de las subvenciones a los proyectos españoles que para participan en el <<PIICE Hy2Tech>>
“En la carga de documentación, si alguno de los documentos no aplicara por tipo de beneficiario, por favor, cargar un documento indicando sencillamente “No aplica”, en pdf para que permita realizar la presentación de la solicitud de ayuda “
Antes de realizar el trámite de aporte de la documentación requerida es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:
Información de su interés acerca de los navegadores web recomendados.
Requerimientos técnicos de su equipo informático para usar firma electrónica.
Podrá comprobar la validez de su certificado e, incluso, realizar una prueba de firma.
Tipos, características y restricciones de ficheros permitidos.
La aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro, así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento registrado, con carácter definitivo, a todos los efectos, el proyecto correspondiente.
Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea la Guía de usuario para presentación de expedientes y el resto de documentos de Guía que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos.
Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Para consultas de detalle del Real Decreto de Concesión o el marco regulatorio del programa de ayudas, tanto en la fase de solicitud de propuestas como en la fase de ejecución del proyecto, tales como modificaciones de proyectos, ampliaciones de plazo, justificación de hitos intermedios, informes de seguimiento, temas de la plataforma CoFFEE u otras, pueden dirigirse a solicitudes.IPCEI.H2@idae.es
Para consultas de temas relacionados con la fase de justificación de las actuaciones, principalmente las concernientes al tema económico, guías de justificación, etc., pueden dirigirse a justificacion.IPCEI.H2@idae.es
Para consultas de temas relacionados con incidencias informáticas relacionadas con la aplicación informática durante la solicitud o durante la ejecución y justificación de las actuaciones, pueden dirigirse a relacionadas con la aplicación informática durante la solicitud o durante la ejecución y justificación de las actuaciones, pueden dirigirse a soporteinformatico.IPCEI.H2@idae.es
Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.
Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.
Real Decreto 4/2023, de 10 de enero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el Proyecto importante de Interés Común Europeo de tecnología de hidrógeno dentro del Componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Publicado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) Identificador: 672536.
Acuerdo de 18 de mayo de 2023 del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), por el que se establece declaración expresa de financiación por la Unión Europea-Next GenerationEu de determinadas convocatorias de subvenciones aprobadas por este órgano, en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Proyectos españoles integrantes de Proyectos Importantes de Interés Común Europeo (PIICE), conformado entre 15 estados miembros para fomentar la investigación e innovación y la primera utilización industrial en la cadena de valor de la tecnología del hidrógeno <<PIICE Hy2Tech>>.
En concreto, son objeto de subvención los siguientes proyectos o actuaciones, autorizadas y contempladas por la Comisión Europea en el marco de los PIICE:
“Tecnopropia”, promovido por H2B2 Electrolysis Technologies, S.L. (H2B2);
“Manufacturing and development of new generation electrolyzers”, entidad promotora: SENER Renewable Investments S.L.;
“Design and manufacture of electrolyzer with alkaline enhanced flexibility to match direct connection to wind farms/PV plants to aim for most competitive LCOH levelized cost of hydrogen”, entidad promotora: Nordex Energy Spain S.A.U;
“Poseidón”, entidad promotora: IVECO España S.L
Siendo las actividades subvencionables las establecidas en el Anexo I del Real Decreto 4/2023, de 10 de enero.
Las siguientes entidades:
H2B2 Electrolysis Technologies, S.L. (H2B2)
SENER Renewable Investments S.L.
Nordex Energy Spain S.A.U.
IVECO España S.L.
El importe total de las subvenciones reguladas asciende a 74.000.000 euros. Subvenciones que el IDAE podrá adelantar a los beneficiarios que así lo soliciten mediante un anticipo inicial que no superará el 50% de la correspondiente ayuda otorgada, al objeto de facilitar la financiación de los proyectos.
El régimen de concesión será el de concesión directa, atendiendo al carácter singular que se deriva de las específicas circunstancias en que han de realizarse las actividades subvencionadas y dado que concurren razones de interés público, social y económico que determinan la improcedencia de su convocatoria pública, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, así como en el artículo 67 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
El importe total indicado (74 M€) será distribuido entre las entidades beneficiarias durante el periodo de ejecución de las actuaciones, siendo el reparto establecido el siguiente:
Proyecto | Ayuda de Estado a conceder (millones de €) |
Iveco ES | 27 |
H2B2 | 25 |
Nordex | 12 |
SENER | 10 |
Total | 74 |
El procedimiento de concesión de la subvención a cada entidad beneficiaria se iniciará con la presentación, por parte de cada una de ellas, del correspondiente proyecto autorizado y contemplado por la Comisión Europea en la Decisión C(2022) 5158 final del 15 de julio de 2022, debiendo las entidades beneficiarias aportar toda la documentación establecida en el Artículo 4 apartado 1 del Real Decreto 4/2023, de 10 de enero.
El presupuesto asignado a estas subvenciones asciende a 74.000.000 €, con cargo a los fondos de IDAE previa transferencia de los mismos desde los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 con cargo a la aplicación presupuestaria 23.50.420B.748.02 «Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».
El plazo de presentación de cada proyecto y de toda la documentación complementaria se iniciará el día 1 de febrero de 2023 y finalizará a las 14:00 horas del día 1 de marzo de 2023.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables se iniciará el 1 de enero de 2022 y, en todo caso, será compatible con el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y será especificado en la resolución de concesión correspondiente.
Asimismo, se considerará el plazo máximo que se determinase, en caso de que tuviese lugar una ampliación de plazos en la normativa reguladora del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Todas las justificaciones, por parte de los beneficiarios, acreditativas de la realización de las inversiones y ejecución de las actuaciones objeto de ayuda deberán estar presentadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 7, 8 y 14 del Real Decreto 4/2023, de 10 de enero.
Manual de imagen y logotipos disponible próximamente en la página Web del IDAE.