Conforme se puede ver en este link: “Requisitos técnicos para realizar trámites (idae.gob.es)”, los certificados admitidos para usar la firma electrónica son los reconocidos por el Ministerio de Economía y Empresa. Puede obtener más información en la página: Prestadores de Servicios Electrónicos de Confianza (minetur.gob.es)
La validación de los certificados digitales admitidos puede hacerse en la plataforma Valide: VALIDe (redsara.es).
Para acceder a los servicios ofrecidos desde la Sede Electrónica, los ciudadanos podrán utilizar cualquiera de los sistemas de firma electrónica arriba referidos, debiéndose utilizar sistemas de firma avanzada basada en certificado electrónico reconocido (incluyendo, en cualquier caso, los incorporados en el DNI electrónico) para la realización de aquellas actuaciones que requieran asegurar la integridad y autenticidad de documentos electrónicos.
Podrá autorizarse, para determinados procedimientos y actuaciones, la utilización de otros sistemas de firma electrónica no criptográficos, o sistemas alternativos basados en el registro previo o la aportación de información conocida por ambas partes. En la Sede Electrónica deberán publicarse estos sistemas junto con los procedimientos y actuaciones para los que puedan emplearse.