Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Acuerdo de 10 de noviembre de 2023 del Consejo de Administración del IDAE por el que se declara la tramitación de urgencia de convocatorias de concesión de ayudas aprobadas por este órgano y correspondientes a determinados programas de incentivos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU, al objeto de reducir el plazo de aceptación de las ayudas previsto por las mismas.
Resolución para designar suplentes de miembros de la Comisión Técnica de Valoración. Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) M.P por la que se designan suplentes de miembros de la Comisión Técnica de Valoración artículo 16 de la Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energías eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A medida que esta Convocatoria avanza, se producen cambios importantes en algunos de los documentos adjuntos. Por favor, asegúrese de que considera la última de estas versiones en su solicitud, en función de la fecha de publicación, actualización o incorporación de cada uno de ellos, los encontrará al final de esta misma página, en la sección "Documentos Adjuntos".
Fecha de actualización: 15/07/2024.
Con fecha 28 de diciembre de 2023 se publica en la Sede electrónica de IDAE la "Resolución definitiva", firmada el 27 de diciembre de 2023 por la Secretaria de Estado de Energía y Presidenta de E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. para la concesión de ayudas, formulada por el órgano instructor, en relación con la “Resolución de 21 de diciembre de 2022, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se aprueba la primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – Next GenerationEU.”, cuyas Bases reguladoras fueron establecidas mediante la Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico” (B.O.E. núm. 288, de 1 de diciembre).
Puede también acceder al PDF de la “Resolución Definitiva” en la sección “Documentos Adjuntos” que encontrará al final de esta misma página.
Con fecha 12 de julio de 2024 se publica en la Sede electrónica de IDAE, a efectos informativos, el anexo II modificado de la "Resolución definitiva", firmada el 27 de diciembre de 2023 por la Secretaria de Estado de Energía y Presidenta de E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. para la concesión de ayudas, Tras la resolución de estimación parcial de recurso de reposición presentado por el expediente de PR-HIALMAC-2023-000336. Esta estimación no ha supuesto la modificación de la “TABLA 1: Relación de solicitudes ADMITIDAS para las que SE CONCEDE LA AYUDA” ni de la Tabla 4: Compromisos de las solicitudes ADMITIDAS PARA LAS QUE SE CONCEDE la ayuda” del mencionado anexo II.
Con fecha 15 de julio se publica en Sede electrónica de IDAE, corrección de errores de la Resolución Definitiva de 27 de diciembre de 2023, publicada el 28 de diciembre de 2023.
La solicitud sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante.
Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:
Información de su interés acerca de los navegadores web recomendados.
Requerimientos técnicos de su equipo informático para usar firma electrónica.
Podrá comprobar la validez de su certificado e, incluso, realizar una prueba de firma.
Tipos, características y restricciones de ficheros permitidos.
La aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro, que incluirá un Justificante y una copia resumen de los principales datos cumplimentados en el Formulario, así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento formulada y registrada, con carácter definitivo, a todos los efectos, la solicitud.
Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.almacenamiento@idae.es.
Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea la Guía de usuario para la tramitación de solicitudes y el resto de las guías de Ayuda que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos. Es especialmente importante completar, previamente a registrar la solicitud, la Memoria descriptiva, la Memoria económica, el Plan Estratégico, la Memoria de Impacto de Género y el Cuestionario de Adecuación al DNSH, así como las diferentes Declaraciones Responsables, cuyos modelos figuran en el mencionado apartado de Documentos Adjuntos.
Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.almacenamiento@idae.es.
Para consultas de carácter general tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.
Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.
Para consultas de detalle de la Convocatoria de ayudas, pueden dirigirse a: solicitudes.almacenamiento@idae.es
Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es
Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Convocatoria: Resolución de 21 de diciembre de 2022, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se aprueba la primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2022 publicado en BOE núm. 311 de 28 de diciembre de 2022. Publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) Identificador: 666267.
Modificación por corrección de errores: Con fecha 28 de febrero de 2023 se publica en la Sede electrónica del IDAE la Resolución del Consejo de administración de IDAE nº 344 de fecha 20 de enero de 2023, por la que se modifica la Resolución del 21 de diciembre de 2022, del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se aprueba la primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – Next GenerationEU.
Acuerdo de 18 de mayo de 2023 del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), por el que se establece declaración expresa de financiación por la Unión Europea-Next GenerationEu de determinadas convocatorias de subvenciones aprobadas por este órgano, en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Con fecha 8 de noviembre se publica la Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de IDAE por la que se designan suplentes de miembros de la Comisión Técnica de Valoración de acuerdo con el artículo 16 de la Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energías eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Podrán ser objeto de las ayudas de esta convocatoria los proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, según la definición del Anexo I de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, que cumplan los requisitos establecidos en la disposición cuarta de la mencionada Resolución.
Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias aquellas recogidas en los artículos 4 y 5 de la Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre.
Podrán acceder a estas ayudas las siguientes personas jurídicas, que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España: Empresas, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio. Organismos públicos de investigación. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, Otros centros públicos de I+D. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D. Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal. Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad principal. Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica.
También podrán ser beneficiarias agrupaciones, con o sin personalidad jurídica, conformadas por una pluralidad de entidades, pertenecientes a las categorías anteriores. Entre ellas: Agrupaciones o asociaciones empresariales. Agrupaciones empresariales innovadoras. Las Uniones Temporales de Empresas (UTE). Cualquier otra forma de agrupación o asociación de personas jurídicas que cumpla con el resto de los requisitos establecidos.
La intensidad de ayuda máxima será de 40 puntos porcentuales de los costes subvencionables. Esta intensidad podrá aumentarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas. Adicionalmente, los proyectos situados en territorios insulares podrán recibir una intensidad de ayuda aumentada en 5 puntos porcentuales.
Para las Universidades o Centros de Investigación o Tecnológicos sin ánimo de lucro, en tanto entidades no empresariales podrá subvencionarse hasta el 100% de sus costes subvencionables.
El importe máximo de ayuda será de 15 millones de euros por empresa y por proyecto.
Cada solicitante podrá ser adjudicatario, como máximo, de un 25% de los fondos presupuestados para la convocatoria, es decir 37,5 millones de euros.
Las solicitudes se valorarán por una Comisión Técnica de acuerdo con los criterios establecidos en la disposición decimoquinta de la Resolución de 21 de diciembre de 2022.
Dotación presupuestaria de 150.000.000 €.
El presupuesto asignado para esta convocatoria contará con un presupuesto específico para los territorios insulares, con las cuantías definidas a continuación:
a) 20.000.000 € destinados a proyectos que se desarrollen en la comunidad autónoma de Canarias
b) 6.000.000 € destinados a proyectos que se desarrollen en la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Los 124.000.000 € restantes podrán destinarse a proyectos desarrollados en todo el territorio nacional.
Las solicitudes se efectuarán de manera telemática y se podrán presentar desde el día 18 de enero de 2023 y hasta las 12:00 horas del día 21 de marzo de 2023 (11:00 horas en la Comunidad Autónoma de Canarias), en aplicación del Art. 30.5 de la Ley 39/2015 que señala que, cuándo el último día de plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
El período de ejecución de los proyectos se determinará en la resolución de concesión definitiva y, en todo caso, estará comprendido entre la fecha de registro de la solicitud de la ayuda por parte de la entidad beneficiaria y el 30 de abril de 2026 y será determinado en función de la planificación temporal del proyecto presentado.
Solo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda, entendida la fecha de inicio de los trabajos según la definición del Anexo I de la Resolución de 21 de diciembre de 2022.
Procederá la constitución de garantías en todos los casos en los que se realice un pago anticipado para asegurar el cumplimiento de los compromisos asumidos por las entidades beneficiarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre.